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Santo Domingo, República Dominicana   

 

Dilema ético:

DEBEN LOS ABOGADOS HACER PUBLICIDAD?

Por Pablo Ross
 
 
 

60 años atrás en cada barrio o pequeña localidad había un abogado, un sacerdote, un medico, una maestra, un policía y un boticario, se trataba de los sujetos claves en la vida de la comunidad, elementos que se convertían en asesores de las familias en las decisiones fundamentales de sus cotidianas vidas.

El tiempo y el crecimiento de las poblaciones hacen que los vecindarios crezcan y los vecinos dejan de serlo porque se puebla tanto el sector que se torna imposible conocer los nombres de todos en el edificio o en la gran cuadra.

Este fenómeno afecta el alcance de la publicidad boca a boca o la buena honra ganada de antaño cuando se resolvía un problema domestico.

Ahora con comunidades tan extensas ya no basta la buena reputación o la recomendación de un vecino, se hace necesario que a través de medios masivos los profesionales expliquen a sus audiencias el alcance de sus prácticas, las nuevas tecnologías de las que disponen y las ventajas comparativas con respecto a la práctica en el extranjero.

En el caso especifico de los abogados, es mucho lo que se conoce de nuevas tecnicas del derecho moderno, el apoyo de la tecnología en importantes investigaciones de balística, genética y ADN, entre otras vitales áreas.

El marketing es entonces una herramienta ideal para abogados exitosos que necesitan hacer llegar a los consumidores de sus servicios, noticias de las capacidades que se prestan como herramientas para sus representaciones en tribunales y en oficinas profesionales.

Tres sugerencias para abogados que deseen hacer campañas publicitarias:

identifique un punto fuerte de su oficina

haga una pagina web y destaque en ella consultas elementales y

contrate una agencia publicitaria, no haga publicidad directa.

E:Mail: rosspablo@gmail.com

 

 

BENEFICIOS DE LA PROTECCION LEGAL DE  MARCAS Y LEMAS COMERCIALES.

Por Damarys Cuevas
 
 
 

Al  registrar sus marcas y lemas comerciales, adquiere entre otros, los siguientes derechos y beneficios:

Derecho a usar de manera exclusiva sus marcas por el término de 10 años, renovables indefinidamente.

Derecho a usar de manera exclusiva sus lemas comerciales por el mismo término de vigencia de la marca que acompañan.

Valoración de sus marcas y signos como activos intangibles de sus empresas en los estados financieros.

Puede traspasar o ceder sus derechos o el uso, u otorgar licencias de uso y franquicias.

Le permitirá iniciar acciones civiles, penales y de competencia desleal contra aquellas personas que usen, usurpen, utilicen o exploten sus marcas.

Sus productos y servicios gozarán de mayor seguridad en el mercado nacional e internacional.

Sus clientes se sentirán seguros al adquirir productos originales.

RIESGOS QUE CORRE SU EMPRESA POR FALTA DE PROTECCION LEGAL DE SUS MARCAS.

Si usted no registra sus marcas y otros signos, corre entre otros los siguientes riesgos:

  • Cualquier tercero puede usurpar, copiar o registrar sus marcas, lemas o nombres comerciales.

  • Le dificulta y en algunos casos le imposibilita actuar contra aquellas personas que sin su consentimiento usen, venda y comercialicen productos distinguidos con sus marcas.

  • Surge la posibilidad de que terceros inicien actos de competencia desleal en contra suya o de su empresa.

  • Si usted no registra sus marcas u otros signos, está permitiendo que cualquier persona las registre y se aproveche de su fama y buen nombre comercial.

E:Mail: damaryscuevas@gmail.com

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